El reconocimiento de los derechos lingüísticos como derechos subjetivos ha sido foco de, no pocos, debates en cuanto su clasificación como derechos fundamentales, en contraposición de la idea de que sea más efectivo que su reconocimiento sea a través de la perspectiva o contenido lingüístico de otros derechos humanos y fundamentales. De todas maneras, sí es cierto que el reconocimiento de esos derechos ha sido arrinconado de los tratados internacionales de una manera casi sistemática. Continuar llegint… Protocolo para la garantía de los derechos lingüísticos: ejercicio de empoderamiento social – Paul Bilbao Sarria – RLD blog